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    HOGARES Y DISCAPACIDAD

    ManuelAndresViscarra
    ManuelAndresViscarra


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    HOGARES Y DISCAPACIDAD Empty HOGARES Y DISCAPACIDAD

    Mensaje  ManuelAndresViscarra Vie Sep 16, 2011 2:43 pm

    Marcos normativos y encuadre-
    Los Estados deben iniciar y promover programas encaminados a hacer que las personas con discapacidad cobren mayor conciencia de sus derechos y posibilidades. Una mayor autonomía y la creación de condiciones para la participación plena en la sociedad permitirán a esas personas aprovechar las oportunidades y mejora su calidad de vida.
    Se debe promover la plena participación de las personas con discapacidad en la vida en familia, los mismos deben estar en condiciones de vivir en familia, para esto es necesario estimular la inclusión en la orientación familiar de módulos relativos a la discapacidad y a sus efectos para la vida familiar. Se deben promover medidas encaminadas a modificar las actitudes negativas ante el matrimonio, la sexualidad y la paternidad o maternidad de las personas con discapacidad, en especial de las jóvenes y las mujeres con discapacidad, que aun siguen prevaleciendo en la sociedad.
    Las personas con discapacidad y sus familias necesitan estar plenamente informadas acerca de las precauciones que se deben tomar contra el abuso sexual y otras formas de maltrato. Las personas con discapacidad son particularmente vulnerables al maltrato en la familia, en la comunidad o en las instituciones y necesitan que se les eduque sobre la manera de evitarlo para que puedan reconocer cuando han sido víctimas de él y notificar dichos casos, garantizando su integridad personal.
    En los principios de Normalización de Personas Discapacitadas, consagradas por las Naciones Unidas, privilegian en la medida de lo posible la permanencia de la persona discapacitada en su medio, y ante la imposibilidad de ello, la cobertura de sus necesidades básicas a través de Sistemas Alternativos al grupo Familiar, en los cuales fundamentalmente se tenga en cuenta el respeto por la individualidad y el derecho a su integración social.
    Consecuentemente, este tipo de recursos tendrá características especiales que debemos considerar:
    • Estructuración del recurso de acuerdo a criterios de edad, sexo, tipo y grado de discapacidad, etc.
    • Organización de la vida institucional teniendo en cuenta la individualidad y la integración social de cada residente.
    • Participación activa en la comunidad, evitando el aislamiento y segregación institucional
    Es por ello, que en la medida de las posibilidades deberán privilegiarse las pequeñas instituciones, sobre las grandes, que difícilmente puedan cumplir estos objetivos y permitir a las personas con discapacidad el goce de condiciones de vida más dignas.
    Fundamentalmente se deberá tener en cuenta que las mismas deben permitir y facilitar el aprendizaje social necesario para que una persona discapacitada pueda integrarse lo más adecuadamente posible a su medio.
    La organización de este tipo de recursos se hará de acuerdo a criterios de autovalimiento e independencia, que son los que permiten el desarrollo de los diferentes modelos en la materia, los que podrán ser a su vez de una misma o distinta discapacidad, de diferentes o iguales edades y sexos
    Las posibilidades de aprendizaje social y autovalimiento e independencia estarán ligadas a las posibilidades de prevención y rehabilitación alcanzadas, es decir a un proceso encaminado a lograr que las personas con discapacidad estén en condiciones de alcanzar y mantener un estado funcional óptimo desde el punto de vista físico, sensorial, intelectual, psíquico o social, de manera que cuenten con medios para modificar su propia vida y ser más independientes. En este sentido adoptar medidas encaminadas a impedir que se produzca un deterioro físicos intelectual, psiquiátrico o sensorial (prevención primaria) o a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente (prevención secundaria).
    Nuestra legislación nacional con la ley N° 24.901 crea el "Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad", que posibilita el acceso y creación de servicios y acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos ( Art. N° 1) , a los sujetos y grupos con otras capacidades y incorporarlo a un sistema alternativo al grupo familia (Art. 29), cuando la persona no pudiera permanecer mas en su grupo familiar. En concordancia la ley provincial N° 2302; asegurará a los niños y adolescentes con discapacidades el derecho a disfrutar de una vida plena en condiciones que aseguren su dignidad e integración igualitaria y a recibir cuidados especiales necesarios (Art. 17.), y las leyes provinciales 1634/85, la 1784/88 y respectivos decretos; crean en la provincia del Neuquén un Régimen de Protección Integral para las personas Discapacitadas:
    Considerando la complejidad característica que presenta las personas con capacidades diferentes, en su inclusión y oportunidades de desarrollarse en la sociedad (en lo educativo, empleo, accesibilidad y movilidad, asistencia medica, falta de información, legislación, políticas de prevención, etc.).El abordaje de la población considerada de alto grado de vulnerabilidad y riesgo, que se brinda desde un recurso institucional del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, exige la readecuación y definición constante del dispositivo institucional a la evolución de la problemática, el concepto, y el desarrollo alcanzado en la sociedad en tanto perspectivas de inclusión y igualación de oportunidades, la misma medidas por los avances legislativos, el grado de concientización de sus ciudadanos, los alcances de las políticas públicas, la reafirmación de los derechos vulnerados, y los avances de tecnologías al servicio de las personas con otras capacidades.
    HOGAR INSTITUCIONAL TUTELAR
    Fundamentos:
    El Hogar es un recurso institucional que tiene por finalidad brindar cobertura integral a los requerimientos básicos esenciales (vivienda, alimentación, atención especializada) a personas con discapacidad sin grupo familiar propio o con grupo familiar no continente.
    Esta orientado a alcanzar el bienestar personal y emocional de las personas, a través de un ambiente que responda a sus necesidades y requerimientos. Para que el ambiente se convierta en un entorno generador de bienestar para sus integrantes, debe tender a fomentar el bienestar, promover la estabilidad y el desarrollo y crecimiento.
    En este sentido es generador de procesos terapéuticos en su inclusión de benefiarios con déficit y posibilidades de potencializar sus capacidades y oportunidades de integración social. Es decir procesos integrales de rehabilitación y prevención, que nos permitan conseguir los lineamientos de aprendizaje social y autonomía e independencia.
    Se realizaran acciones de atención tendientes a promover la restauración de conductas desajustadas, adquisición de adecuados niveles de autovalimiento e independencia, e incorporación de nuevos modelos de interacción, mediante el desarrollo coordinado de metodologías y técnicas del ámbito terapéutico – pedagógico y recreativo.
    Se deberá permitir a sus beneficiarios gozar del respeto a su individualidad y privacidad, y participar del mayor número posible de actividades fuera del mismo que faciliten su integración social. El desarrollo de las actividades tanto como la disposición del alojamiento deberá realizarse teniendo en cuenta, edades, grado de discapacidad, aptitudes, e intereses, procurando en la medida de lo posible contar con espacios independientes para los diferentes grupos. No obstante, también deben preverse espacios y actividades en común entre todos los residentes.
    Un ambiente que promueve el bienestar permite; compartir los lugares habituales que definen la vida en la comunidad, experimentar la autonomía, la toma de decisiones y el control, aprender a llevar a cabo actividades funcionales significativas, participar de la comunidad sintiendo que se forma parte de una red social de familiares y amigos.

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